¿Qué contratos necesito para vender mi casa?
¿Conoces toda la documentación que necesitas para vender tu casa?
Es necesario que tengamos en cuenta que por lo general se firmarán tres documentos en el proceso de compra-venta de una vivienda.
En primer lugar se firma un documento de Reserva que permita sacar de la venta la vivienda.
A continuación se fija una fecha para la firma del Contrato de Arras y finalmente se lleva a cabo la firma de la Escritura de Compra-Venta.
Documento Reserva
Las partes firman un documento privado a través del cual se hace la reserva de la vivienda.
Por el documento de reserva, el comprador entrega una cantidad que suele estar entre el 1% y el 2% del precio de venta de la vivienda y se fija la fecha para realizar la firma del Contrato de Arras.
En el documento de Reserva tiene que figurar el precio total de venta de la vivienda al que posteriormente habrá que descontar la cantidad entregada como reserva.
Cuando los futuros compradores decidan no seguir adelante con la compraventa, la parte vendedora estará en su derecho de quedarse la cantidad entregada por la parte compradora.
Si es la parte vendedora la que decide no seguir con el proceso de venta, deberá devolver el doble de la cantidad entregada como reserva a la parte compradora.
Contrato de Arras
El contrato de arras, también conocido como anticipo, es un contrato privado donde las partes pactan firmar un precontrato en el que se deja por escrito la obligación de firmar posteriormente, en una fecha convenida, un contrato de compraventa de la vivienda ante Notario, entregándose como prueba, una cantidad de dinero en concepto de señal que suele corresponder al 10% del importe total de venta.
En este documento tiene que figurar el precio total de venta de la vivienda al que posteriormente habrá que descontar la cantidad entregada como adelanto en este contrato.
Se decide además en este acto, en qué momento se realizará la compraventa ante Notario.
Cuando una de las dos partes decida echarse para atrás, se establecen una serie de penalizaciones en el contrato.
En el caso que sean los futuros compradores, estos perderán la señal entregada.
Si es la parte vendedora, esta deberá abonar a la parte compradora el doble de la cantidad entregada como señal.
Escritura de Compra-Venta
La Escritura de compraventa es el último documento que se debe firmar en el proceso de compraventa.
Este documento es otorgado ante Notario y recoge el acto jurídico de la compraventa de la vivienda. Además solo en el caso de tener en nuestro poder este documento podremos inscribirlo en el Registro de la Propiedad.
Es posible firmar un contrato de compraventa como un contrato privado y así formalizar la compraventa sin pasar por el Notario, pero es necesario elevar este contrato a Escritura Pública si queremos que la vivienda figure a nombre del comprador en el Registro de la Propiedad.
A la hora de realizar Contratos de compraventa, no hay duda de que lo mejor es dejarse asesorar por alguien que tenga en cuenta todos los detalles para asegurar que todos los Documentos están perfectamente redactados y evitar sorpresas desagradables.
Llevamos más de 20 años realizando esta tarea y nunca hemos tenido problemas.
Acompañamos a nuestros clientes, los propietarios en todo momento, asistiendo a todos los actos de firma tanto a la firma de documentos privados de Reserva y Arras como a la firma ante Notario para el contrato de compraventa, ayudando y asesorando en todo momento a ambas partes para que el proceso se complete de manera satisfactoria para ambas partes.